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“Mi hijo sufrió un accidente y las secuelas aparecieron meses después. ¿El seguro puede cubrir los gastos médicos?

Existe antecedente judicial de la enfermedad “Cerebrospinal Fluid Hypovolemia” en caso de accidente, dice SAITRAN (Servicio de Asesoría e Información para el Trabajador Nikkei). 

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Consulta:

Dos años atrás mi hijo tuvo un accidente de tránsito al colisionar con otro vehículo que vino por el costado. La puerta se hundió pero felizmente no fue grave el accidente. Sin embargo, inmediatamente después del choque fue al hospital y tras someterse a un examen minucioso, los médicos encontraron que tenía una pequeña lesión en uno de los huesos del cuello. Después de 2 meses de tratamiento, como ya no tenía dolor de cabeza ni náuseas, el doctor dio por terminado el tratamiento. Los gastos fueron cubiertos por el seguro opcional de la otra parte. Sin embargo, después de 2 meses de terminado el tratamiento se le presentó un dolor como secuela del accidente, pero como los gastos médicos ya no iban a ser cubiertos por el seguro opcional de la otra parte, mi hijo estuvo sin ir al hospital, aguantando el dolor y tomando pastillas para ese dolor. Después de año y medio de haber ocurrido el accidente fue al hospital y le diagnosticaron “Cerebrospinal Fluid Hypovolemia”. Actualmente recibe un tratamiento denominado blodd patch (consiste en inyectar su propia sangre a la médula espinal) en un hospital de Tokio. Todos los gastos de tratamiento corren por mi cuenta. Desde antes he solicitado al seguro opcional de la otra parte el pago de los gastos médicos pero el abogado del seguro rechazó asumir los gastos diciendo que la enfermedad no tiene relación con el accidente sufrido. Asimismo, el médico también me dijo que “la enfermedad es nueva, por eso será difícil que el seguro asuma los gastos”. ¿Qué puedo hacer?

Respuesta:Una disputa legal entre una víctima de accidente que fue diagnosticada con “Cerebrospinal Fluid Hypovolemia” y la Empresa de Seguros llegó hasta la Corte Suprema. Como había dicho el médico anteriormente, hasta ese momento no había relación entre la  enfermedad y el accidente. Sin embargo, en agosto del 2008, con el avance de la medicina, por primera vez se pudo demostrar la relación entre la enfermedad y el accidente y eso ha servido para ganar el juicio.
En su caso, por ser también la víctima, le aconsejamos consultar con un grupo NPO de abogados que den apoyo a estos pacientes, llevando el Certificado Médico y otros documentos necesarios.

Se informó y se dio detalles sobre la NPO Pacientes de “Cerebrospinal Fluid Hypovolemia” y Asociación de Apoyo a los Familiares (agrupación que apoya a los pacientes y a sus familiares).
SERVICIO DE ASESORÍA E INFORMACIÓN PARA
EL TRABAJADOR NIKKEI (SAITRAN)
(Asociación Kaigai Nikeijin Kyokai)

Atención: de lunes a viernes (9.30 a 12.30 / 13.30 a 17.30)
Teléfono: 045-663-3258
Fax: 045-211-1781
E-mail: saitran@jadesas.or.jp
〒231-0001 Kanagawa-ken Yokohama-shi Naka-ku
           Shinko 2-3-1 JICA Yokohama 2F

Link URL: http://espanol.ipcdigital.com/?p=20375

Publicado por - el oct 11 2011. Archivado en General, Servicios, Ventanilla. Puedes seguir las respuestas a esta entrada por medio de RSS 2.0. Puedes dejar una respuesta o enlazar a esta entrada

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  • -: Peruano, tu eres lo maximo, llevate ese titulo!!! Tu pata de siempre, Kenji.
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